jueves, 25 de julio de 2013

Repensando la propia práctica. Formación docente



Repensando la propia práctica y formación

Susana Mantegazza
Las lecturas de Juana María Sancho Gil (2008) ubicando la complejidad de pensar y efectivizar propuestas donde las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) sean concebidas como Tecnologías para el Aprendizaje y el Conocimiento (TAC); las lecturas del material de la Eliane Schlemmer ubicando la necesidad de pensar desde las políticas y propuestas de formación de formadores la mediación de aprendizajes posibilitados por las Tecnologías Digitales; las lecturas de algunos de los textos del Blogger publicados por este grupo (Cursada de Seminario de Posgrado- Programa de Posgrado de Administración y Políticas- UNTREF 2013) donde ubican una mirada realmente compleja en el devenir de propuestas que atraviesan preocupaciones propias: como Denisse Alemán Vargas (“La educación digital. Espacio de reflexión”) que se preguntas por las finalidades de las políticas públicas dirigidas a la incorporación de TIC en el sector público, mencionando cuestiones que atraviesan no sólo a la brecha generacional sino a la brecha socioeconómica existente en nuestros países; como Teresinha de Jesus Brito Gomes (“As Tecnologias e a maior participação dos alunos nas aulas: algo a ser repensado com urgência”) que ubica la importancia y la urgencia en modificar las prácticas escolares para pensar en la inclusión; como Silvana Lima (“As  TIC aplicadas na Educação”) que ubica referencias a Schön desde su propuesta de reflexionar en la práctica y sobre la propia práctica, fundamental desde el rol profesional… Todas estas lecturas permiten una apertura a la reflexión y toma de posición sobre algunos debates (por algunos) postergados.
Es importante ubicar que cuando destacamos ausencias en la formación docente, lo hacemos (o deberíamos hacerlo) desde instancias de diseño curricular a nivel nacional y de toma de decisiones, desde políticas de formación docente.
Imagen[i]
Acá en la República Argentina, en el documento de la Ley Nacional de Educación (2006) encontramos:
Articulo 11, de los “Fines y objetivos de la política educativa nacional”,
m) “Desarrollar las competencias necesarias para el manejo de los nuevos lenguajes producidos por las tecnologías de la información y la comunicación.”
Aquí, en la política está expresada, deberíamos pensar en situaciones que profundicen dicho reconocimiento.
Luego, en lo que respecto a los diferentes niveles educativos:
Articulo 27, de la Educación Primaria:
“d) Generar las condiciones pedagógicas para el manejo de las nuevas  tecnologías de la información y la comunicación, así como para la producción y recepción crítica de los discursos mediáticos.”
Artículo 30, de la Educación Secundaria:
f) Desarrollar las capacidades necesarias para la comprensión y utilización inteligente y crítica de los nuevos lenguajes producidos en el campo de las tecnologías de la información y la comunicación.
Artículo 48, de la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos:
“k) Promover el acceso al conocimiento y manejo de nuevas tecnologías.”
En cuanto a formación docente explicita:
ARTÍCULO 71.- La formación docente tiene la finalidad de preparar profesionales capaces de enseñar, generar y transmitir los conocimientos y valores necesarios para la formación integral de las personas, el desarrollo nacional y la construcción de una sociedad más justa. Promoverá la construcción de una identidad docente basada en la autonomía profesional, el vínculo con la cultura y la sociedad contemporánea, el trabajo en equipo, el compromiso con la igualdad y la confianza en las posibilidades de aprendizaje de los/as alumnos/as.
Imagen[ii]

Encontramos enunciadas ciertas preocupaciones y propuestas de acción en torno a la problemática que se contextualiza en dichas políticas pero ciertas experiencias concretas nos indican cierta dificultad real de docentes “inmigrantes digitales” para con las propuestas motivadoras e innovadoras con alumnos “nativos digitales”, donde la singularidad propia de cada sujeto de aprendizaje (y allí nos encontramos todos en diferentes momentos y situaciones de la vida) que no logran convocar y propiciar instancias para el aprendizaje significativo. Y allí las referencias a ausencias y presencias en las propuestas de formación docente (mismo en la formación de los formadores!)

El título VII de la mencionada Ley se titula: “EDUCACIÓN, NUEVAS TECNOLOGÍAS Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN”. En sus artículos 100 y 101 establece a un  organismo del Estado (Educ.ar Sociedad del Estado) encargado de diseñar y proporcionar herramientas y programas de incorporación de TIC, como así también en su artículo 102 menciona la programación del Canal Encuentro como espacio propicio para estos abordajes.
La propuesta parecería consistir en el uso de las TIC, al menos desde el Texto de la ley no encontraría referencias a, como menciona Sancho Gil (2003), a las TAC. La autora destaca justamente que esta transformación será imposible si no cambia la formación y actualización docente, es decir que “el uso de las TIC no represente “LA innovación” sino que ellas se constituyan en instrumentos para el aprendizaje significativo.
Imagen[iii]
Allí cobra relevancia la propuesta en torno a “emancipación digital cuidada” (Eliane Schlemmer) en referencia a la formación de formadores. Allí, con la necesaria contextualización de prácticas: contexto político social e histórico determinado, caracterizado por la sociedad en Red donde las relaciones interpersonales adquieren nuevas configuraciones y caracterizaciones, el hibridismo tecnológico, la velocidad, inmediatez de las comunicaciones, las informaciones disponibles a través de diferentes TD, donde todo ello debe configurar prácticas fundamentadas, nuevas configuraciones de propuestas tanto para docentes como para alumnos. Donde el aprendizaje colaborativo, cooperativo, no sea una “opción” de modalidad de trabajo o actividad sino que atraviese y configure la experiencia misma de aprendizaje y de enseñanza. Sin olvidar de la singularidad de los sujetos: desde una dimensión social y subjetiva, donde la brecha que dificulta aun hoy estas distancias no son sólo generacionales, sino principalmente ceñidas por desigualdad en la redistribución de las riquezas, más allá de esfuerzos de nuestros Estados Nacionales de pensar políticas de inclusión digital.



Bibliografía

- Ley Nacional de Educación Nº 26.206/2006- Argentina
- SCHLEMMER, E. O Trabalho do Professor e as Novas Tecnologias. Revista Textual, Porto Alegre, v. 1, n. 8, p. 33-42, 2006. Disponível em http://www.sinpro-rs.org.br/textual/set06/artigo_tecnologia.pdf
- SCHLEMMER, E. Políticas e práticas na formação de professores a distância: por uma emancipação digital cidadã
- SANCHO, Juana Maria. De TIC a TAC, El difícil tránsito de una vocal. Revista Investigación en La Escuela, n. 64, pp. 19-30, 2008.



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